• Asignatura: Derecho
  • Autor: cb0669849
  • hace 5 años

La diferencia entre el endoso en garantía y el avalista.

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Respuesta dada por: betzabethguadalupeot
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Endoso El endoso de una letra de cambio consiste en la transmisión del título a otra persona. El endoso es el acto de cambio por el que el poseedor de la letra (pasa a ser el endosante) se la transmite a otra persona (se le llama endosatario), quien pasa a ser legítimo beneficiario de la misma. Para poder realizar un endoso es necesario que sea una letra de cambio “a la orden”. En caso de especificarse una letra de cambio “no a la orden”, el librador no podrá endosarla a otra persona. Además, no existe el endoso parcial, es decir, transmitir una parte de la letra. Cuando se hace un endoso, se hace de la letra de cambio completa. El endosatario pasa a ser el endosante y así sucesivamente. Es imprescindible que aparezca la firma del endosante para que la operación sea válida. Por último, la letra de cambio se debe poner a nombre de un titular en concreto, de lo contrario se endosa “al portador” y la podrá cobrar el que la presente. Gedesco

Aval El aval de una letra de cambio funciona como una garantía de pago. Puede ser total o parcial, es decir, que se asegure la totalidad o parte de la letra de cambio. El aval lo puede presentar uno de los firmantes de la letra o un tercero. Debe especificarse la operación en la propia letra o en su suplemento, pero no en un documento separado. Se expresa mediante las palabras “por aval” o algo similar y lo firma el avalista. Éste tiene la misma responsabilidad que el avalado en caso de impago de la letra de cambio. Gedesco

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