me pasan los articulos 30 , 70, 172, 1137, 2511 . del codigo civil de la republica argentina y esta es la pregunta :¿que articulo,no estan actualmente en vigencia?explica que cambio

Respuestas

Respuesta dada por: tacur
1
articulo 30 : son personas todos los entes sucptibles de adquirir derechos o contraer obligaiones .
personas juridicas
articulo 70: desde la concepcion en el seno materno comienza la existencia de la persona y antes de su nac imiento pueden adquirir derechos como si ya hubiesen nacido esos derechos quedan irrevocablemente adquiridos si los concebidos en el seno materno nacieron con vida aunque fuera por instante despues de estar con su madre
de la existencia de las personas antes de su naciemiento 

articulo 172: es indispensable para la existencia del matrimonio el pleno y livbre consentiemientoexpresado personalmente por el hombre y la mujer ante la autoridad competente para celebrarlo. el acto que careciere de algunos de estos requisitos no produciria efectos civiles aunque las partes ubieran obrado de buena fe salvo opuestgo en el articulo siquiente 
del consentimiento 

articulo 1137: hay contrato cuando varias personas se ponen de acuerdo sobre una declaracion de voluntad comun destinada a reglar sus derechos

articulo 2511: nadien puede ser privado de su libertad sino por causa de utilidad publica previe a la dsposesion y una justa indenizacion en este caso no solo el pago del valo real de la cosa sino tambien del perjuicio directo que le venga de la privacion de de su propiedad


en el codigo civil de la republica de argentina todo estan en vigencia 



Preguntas similares