Respuestas
Las transformaciones políticas de la Corona española entre 1624 y
1808 provocaron cambios sustanciales en el sistema político virreinal de
Nueva España. La Casa de Austria tuvo como política general el “patrimonialismo corporativo”, a diferencia de los Borbones, que establecieron el
“centralismo absolutista”. Por consiguiente, los motines ocurridos en la
ciudad de México en 1624 y 1808 tienen dos marcos políticos distintos; de
aquí se deriva la importancia de conocerlos.
Los analizaremos a la luz de lo que se ha definido como coup d’etat.
Pensamos que ambos movimientos políticos pueden ser entendidos a partir de esta categoría ya que reúnen los elementos indispensables que los
caracterizan. Entendemos por golpe de estado la apropiación, por parte de
un grupo, de los órganos y las atribuciones del poder político, mediante una
acción sorpresiva con cierto margen de violencia pero sin que esta sea la
nota permanente.1
Al comparar los golpes de estado de 1624 y 1808 se hace evidente que
aún con algunas similitudes, guardan enormes diferencias ya que cada uno
respondió a circunstancias históricas determinadas. Pero también salta a la
vista que el sistema político colonial no fue plenamente estático sino que
tuvo que afrontar graves problemas internos y externos que pusieron a
prueba su capacidad.Para el estudio de estos conflictos, existe una abundante documentación; sin embargo, no siempre es de fácil acceso y parte de ella se conoce
sólo por referencias. En ambos casos, consumada la caída del gobernante,
se justificó o explicó, por parte de instituciones y particulares, su participación en los conflictos, lo que dejó valiosos testimonios, lógicamente muy
partidistas, pero importantes para el entendimiento de esos fenómenos.
Seguramente existieron también múltiples versiones orales, aderezadas
conforme se extendían en el campo del rumor. Algunas de ellas han sido
recogidas en documentos y dan diversos puntos de vista que fueron hechos
circular con toda intención por los involucrados.
A pesar de todo, falta aclarar algunos aspectos en torno al caso de
1624; el golpe de 1808, por otro lado, ha recibido mucha atención sobre
todo por su relación con la lucha independentista.
En 1624 no sólo los actores sino los que consideraron que tenían algo
que decir al respecto, particularmente la Audiencia, el virrey y el arzobispo, elaboraron o mandaron escribir memoriales que hicieron llegar a
España y que en algunos casos circularon impresos,2 enviaron sus delegados o se presentaron directamente ante la Corona, como lo hizo el arzobispo. Además de las fuentes de primera mano, existen diversas e interesantes
interpretaciones vertidas en algunas obras de Thomas Gage, Andrés Cavo,
José María Luis Mora, Hubert Howe Bancroft, Vicente Riva Palacio, Rosa
Feijoo, Jonathan Israel, Richard Boyer y Enrique Florescano.3
2
VERÓNICA ZÁRATE TOSCANO
2 Algunos autores hablan de seis diferentes folletos sobre el tema. Sin embargo, sólo hemos
tenido acceso a los documentos enlistados a continuación. Lewis Hanke, en su obra Los virreyes
españoles en América durante el gobierno de la casa de Austria, Madrid, 1977, tomo III (275), publicó
dos informes de Gelves, uno sobre el estado en que halló “la Nueva España y relación de lo sucedido
en el tiempo que la gobernó y del tumulto y lo demás hasta que volvió a España”, y otro preparado en
Madrid en 1628, así como la “Sentencia del Consejo sobre el Marqués de Gelves” en su juicio de residencia. Igualmente conocemos un impreso elaborado por Cristóbal Ruiz de Cabrera: Algunos singulares y extraordinarios sucesos del gobierno de don Diego Pimentel, marqués de Gelves.
3 Gage, Thomas: Viajes en la Nueva España, La Habana, 1980. Cavo, Andrés: Historia de
México, México, 1949. Mora, José María Luis: Méjico y sus revoluciones, Paris, Librería de Rosa,
1836