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BOLIVIA
Artículo 124.- El Ministerio Público tiene por finalidad promover la acción de la justicia, defender la legalidad, los intereses del Estado y la sociedad, conforme a lo establecido en la Constitución y las leyes de la República.
Artículo 125.- El Ministerio Público representa al Estado y a la sociedad en el marco de la ley. Se ejerce por las comisiones que designen las cámaras legislativas, por el Fiscal General de la República y demás funcionarios designados conforme a ley.
Ministerio Público tiene a su cargo la dirección de las diligencias de policía judicial.
Explicación:rt
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