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Respuesta: Especificaciones 4.1La concentración de dióxido de azufre como contaminante atmosférico no debe rebasar el límite máximo normado de 288 µg/m3 o 0,110 ppm promedio en 24 horas, una vez al año, para protección a la salud de la población.
Explicación: espero que te sirva denada !!!
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