⦁ ¿Cuáles eran los beneficios a los que podía acceder una persona que cumplía con los requisitos para ser considerado inmigrante?

Respuestas

Respuesta dada por: jchimbolemaroldan
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Respuesta:

PROLOGO

i) El estatuto de refugiado, a nivel mundial, se rige por la Convención de 1951 y el Protocolo de

1967 sobre el Estatuto de los Refugiados. Esos dos instrumentos jurídicos internacionales se

han adoptado en el ámbito de las Naciones Unidas. En la actualidad, 78 Estados son partes en

la Convención, en el Protocolo o en ambos instrumentos.

ii) Esos dos instrumentos jurídicos internacionales sólo son aplicables a las personas que son

refugiados a tenor de las definiciones en ellos contenidas. La determinación de quién es

refugiado, es decir, la determinación de la condición de refugiado en virtud de la Convención de

1951 y del Protocolo de 1967, incumbe al Estado contratante en cuyo territorio se encuentre el

refugiado en el momento de solicitar el reconocimiento de la condición de refugiado.

iii) En la Convención de 1951 y en el Protocolo de 1967 se prevé la cooperación entre los

Estados contratantes y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los

Refugiados. Esta cooperación abarca también la determinación de la condición de refugiado,

conforme a las disposiciones adoptadas en varios Estados contratantes.

iv) El Comité Ejecutivo del Programa del Alto Comisionado en ocasión de su vigésima octava

sesión pidió a la Oficina del Alto Comisionado “que considerase la posibilidad de publicar – como

orientación para los gobiernos – un manual relativo a los procedimientos y criterios para

determinar la condición de refugiado”. El presente Manual se publica para atender a esa petición

del Comité Ejecutivo.

v) Los “criterios para determinar la condición de refugiado” enunciados en este Manual son

fundamentalmente una explicación de la definición del término “refugiado” que figura en la

Convención de 1951 y en el Protocolo de 1967. Esas explicaciones se basan en la información

reunida por la Oficina del Alto Comisionado durante un período de 25 años, aproximadamente,

desde que la Convención de 1951 entró en vigor el 21 de abril de 1954, en particular la práctica

de los Estados relativa a la determinación de la condición de refugiado, los cambios de

impresiones entre la Oficina del Alto Comisionado y los órganos competentes de los Estados

contratantes y las publicaciones dedicadas a este tema en el último cuarto de siglo. Dado que el

Manual se ha concebido como guía práctica y no como tratado de derecho de los refugiados, se

han omitido deliberadamente las referencias a las publicaciones,

Explicación:

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