LA GRAN COLOMBIA TEMA



1. ¿Con que nombre se conoció nuestro primer intento de organización estatal? ¿Qué tipo de Estado se estructuro?

2. ¿Dónde nació nuestra primera república?

3. ¿Qué se proclamó en la ley fundamental de 1819?

4. ¿Para qué se convocó el Congreso de Cúcuta en 1821? -¿Qué se acordó allí?

5. ¿Cuáles fueron las principales modificaciones sociales y económicas aprobadas en el Congreso de Cúcuta?

7. ¿De qué manera se enfrentó la dura crisis económica producida tras el proceso independentista? - ¿Que consecuencias produjo esta situación?

8. ¿Qué causas precipitaron la disolución de la Gran Colombia?

9. ¿Para qué se citó la Convención de Ocaña? ¿Qué consecuencias produjo? -¿Qué sucedió allí?

10. ¿Qué decisión asumió Simón Bolívar frente a esta nueva situación?​

Respuestas

Respuesta dada por: annecruz
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Respuesta:

1- La Gran Colombia fue un país de América del Sur creado en 1819 por el congreso reunido en la ciudad de Angostura mediante la Ley Fundamental de la República, y ratificada después por su contraparte reunida en Cúcuta en 1821, por la unión de Venezuela y la Nueva Granada en una sola nación bajo el nombre de República de Colombia

2-Es el 17 de diciembre de 1819 en Angostura (actual Ciudad Bolívar), cuando nace la Gran Colombia, formada en un principio por Venezuela, Ecuador y Colombia, y a la que se unirá voluntariamente Panamá después de haberse independizado de España tras 320 años de colonialismo firmando un pacto de no agresión.

3-Artículo 1. Las Repúblicas de Venezuela y la Nueva Granada quedan desde este día reunidas en una sola bajo el título glorioso de República de Colombia.

Artículo 2. Su territorio será el que comprendían la antigua Capitanía General de Venezuela, y el Virreinato del Nuevo Reino de Granada, abrazando una extensión de 115 mil leguas cuadradas, cuyos términos precisos se fijarán en mejores circunstancias.

Artículo 3. Las deudas que las dos Repúblicas han contraído separadamente, son reconocidas in solidum por esta Ley como Deuda Nacional de Colombia, a cuyo pago quedan vinculados todos los bienes y propiedades del Estado, y se destinarán los ramos más productivos de las rentas públicas.

Artículo 4. El Poder Ejecutivo de la República será ejercido por un Presidente y en su defecto por un Vicepresidente, nombrados ambos interinamente por el actual Congreso.

Artículo 5. La República de Colombia se dividirá en tres grandes Departamentos: Venezuela, Quito, y Cundinamarca, que comprenderá las Provincias de la Nueva Granada, cuyo nombre queda desde hoy suprimido. Las capitales de estos Departamentos serán las ciudades de Caracas, Quito y Bogotá, quitada la adición de Santa Fe.

Artículo 6. Cada Departamento tendrá una Administración Superior y un Jefe, nombrado por ahora por este Congreso con título de Vicepresidente.

Artículo 7. Una nueva ciudad que llevará el nombre del Libertador Bolívar, será la capital de la República. Su plan y situación se determinarán por el primer Congreso General bajo el principio de proporcionarla a las necesidades de los tres Departamentos, y a la grandeza a que este opulento país está destinado por la naturaleza.

Artículo 8. El Congreso General de Colombia se reunirá el 1º de enero de 1821 en la Villa del Rosario de Cúcuta, que por todas circunstancias se considera el lugar más bien proporcionado. Su convocación se hará por el Presidente de la República el 1º de enero de 1820, con comunicación del Reglamento para las Elecciones que será formado por una Comisión especial y aprobado por el Congreso actual.

Artículo 9. La Constitución de la República de Colombia será formada por su Congreso General, a quien se presentará en clase de proyecto la que ha decretado el actual, y que con las leyes dadas por el mismo, se pondrá desde luego, por vía de ensayo, en ejecución.

Artículo 10. Las armas y el pabellón de Colombia se decretarán por el Congreso General sirviéndose, entretanto, de las armas y pabellón de Venezuela por ser más conocido.

Artículo 11. El actual Congreso se pondrá en receso el 15 de enero de 1820, debiendo procederse a nuevas elecciones para el Congreso General de Colombia.

Artículo 12. Una Comisión de seis miembros y un Presidente quedarán en lugar del Congreso con atribuciones especiales que se determinarán por un decreto.

Artículo 13. La República de Colombia será solemnemente proclamada en los pueblos y en los ejércitos, con fiestas y regocijos públicos, verificándose en esta capital el 25 del corriente diciembre, en celebridad del nacimiento del Salvador del Mundo, bajo cuyo patrocinio se ha logrado esta deseada reunión por la cual se regenera el Estado.

Artículo 14. El aniversario de esta regeneración política se celebrará perpetuamente con una fiesta nacional, en que se premiarán como en las de Olimpia las virtudes y las luces.

4-Lo más importante de este evento fue la convocatoria a un nuevo congreso en la Villa del Rosario de Cúcuta, el 1 de enero de 1821, para consolidar la unión pactada. El 30 de agosto de 1821 se acordó la creación de una constitución para la nueva república.

5- Promulgó la liberación progresiva de la esclavitud.

Promulgó la plena libertad de expresión.

Permitió el alcance de nuevas reformas de contrato para la libertad social, económica y política de los territorios.

Acabó con la Inquisición e hizo reformas relativas a los obispos, arzobispos y algunos bienes de la Iglesia.

Podían votar los mayores de veintiún años y/o que sean casados, que sepan leer y escribir y posean 100 piastras.

El Congreso estaría formado por dos cámaras: la del Senado y la de Representantes.

Para ser Senador se exigió tener treinta años, ser blanco criollo por nacimiento, poseer propiedades inmuebles.

Se elegirían 4 senadores por Departamento.

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