Respuestas
Respuesta dada por:
2
Dictar los Códigos Civil, Comercial, Penal, de Minería, y del Trabajo y
Seguridad Social, en cuerpos unificados o separados, sin que tales códigos alteren
las jurisdicciones locales, correspondiendo su aplicación a los tribunales federales
o provinciales, según que las cosas o las personas cayeren bajo sus respectivas
jurisdicciones; y especialmente leyes generales para toda la Nación sobre
naturalización y nacionalidad, con sujeción al principio de nacionalidad natural y
por opción en beneficio de la Argentina; así como sobre bancarrotas, sobre
falsificación de la moneda corriente y documentos públicos del estado, y las que
requiera el establecimiento del juicio por jurados.
olmosjanet783:
Argentina
Preguntas similares
hace 4 años
hace 4 años
hace 7 años
hace 7 años
hace 7 años
hace 8 años
hace 8 años