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artículo 212, el primero de este capítulo, se refiere a esta especial institución. El Estado Colombiano se ve abocado a enfrentarse con otro Estado porque sus diferencias no pueden solucionarse mediante el ejercicio del diálogo, la relación directa y pacífica para la solución
Explicación:
espero y te ayude si te sale mal me avisas si
cc3ffalegria:
Gracias :3
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0
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Gracias por los puntos carnalito/a
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