Respuestas
Respuesta:acuerdos bilaterales de migración laboral – Convenios celebrados entre dos Estados, que son jurídicamente vinculantes y se refieren esencialmente a la cooperación interestatal en materia de migración laboral.
Fuente: Organización Internacional del Trabajo (OIT), Acuerdo-tipo sobre las migraciones temporales y permanentes de trabajadores, con inclusión de la migración de refugiados y personas desplazadas, anexo de la Recomendación sobre los Trabajadores Migrantes (Revisada) (1º de julio de 1949), aprobada en el contexto del Convenio sobre los Trabajadores Migrantes (Nº 97) (aprobado el 1º de julio de 1949 y en vigor desde el 22 de enero de 1952).
Nota: En algunos casos, los acuerdos comerciales y las plataformas de cooperación regional también establecerán disposiciones relativas a la movilidad de la mano de obra.
Véase asimismo: migración laboral
admisión humanitaria – Proceso que ofrece una vía de admisión en un país con carácter temporal o permanente a personas o grupos de personas que requieren protección. La admisión humanitaria suele ser un proceso acelerado que se aplica en el caso de las personas que necesitan protección, incluidos, entre otros, los refugiados, las personas con necesidades apremiantes de protección, los migrantes en situación de vulnerabilidad, los miembros de la familia extendida o las personas que necesitan asistencia y cuidados médicos.
Explicación: