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Respuesta:
La Constitución Política del Perú en el artículo 2 inciso 22 establece que la persona tiene como derecho gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.
Asimismo en el Titulo III Capitulo II Del ambiente y los Recursos Naturales, artículos 66 a 68, se establece que los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación y que el Estado determina la política nacional del ambiente, promueve el uso sostenido de los recursos naturales y que está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica y de las áreas naturales protegida
Explicación:
Si se sanciona mayormente con multas.........
Luisillo678:
gracias bro
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0
Si no se la verdad sé más comprensivo
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