¿cual ha sido el papel del estado en relación a las problemáticas de la población indígena de Costa Rica? ​

Respuestas

Respuesta dada por: alisonjuliana1212200
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Respuesta:

En Costa Rica, se reconoce una población indígena de

aproximadamente 63.876 personas (el 1.5% de la población total

según el censo del año 2000). De los más de 5.210.000 hectáreas que

abarca el territorio nacional, cerca de 350 mil (o sea, aproximadamente 7% del total de tierra) están determinadas como

territorios indígenas.

Desde que en 1939 la Ley General de Terrenos Baldíos dispuso

en su numeral 8 el derecho de las comunidades indígenas a los

territorios que los asientan, se fundamentó un sistema jurídico de

tutela territorial, que implicaba a su vez la de otros derechos, como

el de la justicia propia.

En el año 1977 se emite la “Ley Indígena de Costa Rica” (Nº

6172) que hace una amplia regulación (aunque imprecisa o al menos

no suficiente) de temas que abarcan la identidad, la organización y el

territorio de los pueblos indígenas.

El Estado costarricense reconoce 24 territorios indígenas. Es por

medio de Decretos administrativos con rango de ley (según el

artículo 1 de la Ley Indígena de 1977) que se define la cabida de

cada territorio. Se reconocen 8 culturas indígenas: H u e t a r,

Chorotega, Teribe, Brunka, Guaymí, Bribri, Cabécar y Maleku.

Los territorios indígenas pertenecen colectivamente a las

comunidades indígenas (que es la persona jurídica que representa a

los pueblos indígenas), y estas áreas de acuerdo a la reglamentación

administrativa se ordenan por medio de disposiciones que delimitan

–en su mayoría– bajo coordenadas geográficas estas tierras.

En cuanto a la organización de la “Comunidades Indígenas”,

éstas se expresan jurídicamente a través de la figura de las

Asociaciones de Desarrollo Integral Indígenas (creada por una

disposición administrativa), que es una estructura impuesta por el

sistema, pese a que la ley indígena posibilita que los pueblos

indígenas se organicen en sus estructuras comunitarias tradicionales

(artículo 4 de la Ley Nº 6172 de 1977). Es decir, la ley de Costa Rica

posibilita desde fines de la década de los setenta del siglo XX, que

las comunidades indígenas sigan un sistema de organización propio.

Los problemas principales que aquejan a los pueblos y sus

territorios, son la pérdida acelerada de sus tierras y de sus recursos

naturales a manos de intereses no indígenas –especialmente sectores

ganaderos y madereros así como los ligados a negocios con

transnacionales–. Pero también se presentan algunas confrontaciones

entre los valores que fomenta el modelo educativo impuesto, con las

tradiciones indígenas.

Explicación:


katherojas566: muchas gracias me sirvió de mucho
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