organiza información sobre la clasificación del patrimonio cultural y planea 2 alternativas para su defensa y conservación ​

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Respuesta dada por: geomayramichay
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La Conferencia General de la Organización de las Naciones Unidas para la

Educación, la Ciencia y la Cultura, en su 17a, reunión celebrada en París del 17 de

octubre al 21 de noviembre de 1972.

Constatando que el patrimonio cultural y el patrimonio natural están cada vez más

amenazados de destrucción, no sólo por las causas tradicionales de deterioro sino

también por la evolución de la vida social y económica que las agrava con fenómenos

de alteración o de destrucción aún más temibles,

Considerando que el deterioro o la desaparición de un bien del patrimonio cultural y

natural constituye un empobrecimiento nefasto del patrimonio de todos los pueblos

del mundo,

Considerando que la protección de ese patrimonio a escala nacional es en muchos

casos incompleto, dada la magnitud de los medios que requiere y la insuficiencia de

los recursos económicos, científicos y técnicos del país en cuyo territorio se encuentra

el bien que ha de ser protegido,

Teniendo presente que la Constitución de la Unesco estipula que la Organización

ayudará a la conservación, al progreso y a la difusión del saber, velando por la

conservación y la protección del patrimonio universal, y recomendando a los

interesados las convenciones internacionales que sean necesarias para ese objeto,

Considerando que las convenciones, recomendaciones y resoluciones internacionales

existentes en favor de los bienes culturales y naturales, demuestran la importancia que

tiene para todos los pueblos del mundo, la conservación de esos bienes únicos e

irremplazables de cualquiera que sea el país a que pertenezcan,

Considerando que ciertos bienes del patrimonio cultural y natural presentan un interés

excepcional que exige se conserven como elementos del patrimonio mundial de la

humanidad entera,

Considerando que, ante la amplitud y la gravedad de los nuevos peligros que les

amenazan, incumbe a la colectividad internacional entera participar en la protección

del patrimonio cultural y natural de valor universal excepcional prestando una

asistencia colectiva que sin reemplazar la acción del Estado interesado la complete

eficazmente,

Considerando que es indispensable adoptar para ello nuevas disposiciones

convencionales que establezcan un sistema eficaz de protección colectiva del

patrimonio cultural y natural de valor excepcional organizada de una manera

permanente, y según métodos científicos y modernos,

Habiendo decidido, en su décimosexta reunión, que esta cuestión sería objeto de una

Convención internacional,

Explicación:ya

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