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El interdicto no podrá ser trasladado fuera de la República sino con la autorización del juez de la curatela.
c:
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Nadie podrá ser privado del producto de su trabajo, sino por resolución de autoridad competente fundada en ley, ni obligado a prestar servicios personales, sin su pleno consentimiento y una justa retribución.
Explicación:
Corona porfa.
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