• Asignatura: Castellano
  • Autor: kookiemontalvobts
  • hace 6 años

me podrian ayudar dando una expliccacion del articculo numero 68 de la contistucion plotica:

Artículo 68: Los particulares podrán fundar establecimientos educativos. La ley establecerá las condiciones para su creación y gestión. ... La erradicación del analfabetismo y la educación de personas con limitaciones físicas o mentales, o con capacidades excepcionales, son obligaciones especiales del Estado.

Respuestas

Respuesta dada por: Valeria0324
0

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no entiendo espesifica bien

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