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En resumen, los principios generales del Derecho constituyen el basamento en que se asienta y fundamenta el ordenamiento positivo en general, la fuente perenne de renovación y reinvento para todo ese ordenamiento, siendo sus funciones esenciales como se dijo, las siguientes: 1) Constituyen el fundamento del ordenamiento positivo, ellos no son la consecuencia del ordenamiento positivo, sino que, por el contrario, constituyen su fundamento; 2) Orientan la labor interpretativa de las normas del Derecho positivo; y 3) Son fuente en caso de insuficiencia de ley y de costumbre. Son de esta manera la fuente inagotable del Derecho y el expediente arbitrado para resolver el problema de las lagunas de la ley.
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