Ayudaaaaa es urgente a todos, por favor, Analizar el artículo 1 y 10 del código civil venezolano con sus propias palabras, se lo agradecería, les daría las 5 estrellas y todo, se los pido con el corazón y les doy tambien el corazón ♥??????
Respuestas
Respuesta dada por:
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Respuesta:
Artículo 1:
La ley es obligatoria desde su publicación en la gaceta oficial o desde la fecha posterior que ella indique
Artículo 10:
Los bienes muebles o inmuebles, sitiados en Venezuela, se regirán por la sleyes venezolanas, aunque sobre ellos tengan o pretendan derechos personas extranjeras
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