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De acuerdo con los estudios comparativos Chile está ubicado en la categoría de los países más restrictivos en relación con el ejercicio del derecho de sufragio de las personas condenadas 2 . La pérdida de este derecho por los condenados, sin perjuicio de lo cuestionable que pueda ser considerando las razones que se esgrimen, los objetivos que persigue y los medios empleados, puede encontrar apoyo social y pocos obstáculos constitucionales. Sin embargo, la existencia de una norma constitucional que suspende el derecho de sufragio de quienes, sin estar aún condenados, son acusados penalmente resulta una medida estatal desproporcionada. Más grave es aún la falta absoluta de regulación que operativice el derecho de sufragio de quienes, estando solamente formalizados 3 , están privados de libertad durante la investigación. Este trabajo intenta solamente, empleando normas constitucionales e internacionales, entregar razones para cuestionar la existencia del art. 16.2 de nuestra Constitución.
Palabras clave: Democracia, suspensión de derecho sufragio, presunción de inocencia