artículo 2 ley del medio ambiente​

Respuestas

Respuesta dada por: yandelflowo5
1

Respuesta:

no tirar la basura en las alcantarillas y no tirar aceite en los lagos

Respuesta dada por: Michelleluchiha77
1

Respuesta: Holis honey yo te ayudare uwu

Explicación :

ARTÍCULO 2o.- Se consideran de utilidad pública:

I. El ordenamiento ecológico del territorio nacional en los casos previstos por ésta y las demás leyes

aplicables;

II.- El establecimiento, protección y preservación de las áreas naturales protegidas y de las zonas de

restauración ecológica;

III.- La formulación y ejecución de acciones de protección y preservación de la biodiversidad del

territorio nacional y las zonas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción, así como el

aprovechamiento de material genético;

IV.- El establecimiento de zonas intermedias de salvaguardia, con motivo de la presencia de

actividades consideradas como riesgosas, y

V.- La formulación y ejecución de acciones de mitigación y adaptación al cambio climático.

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