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Respuesta:
"1. Establecer el Programa de Integración y Cooperación Económica entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil.
2. Definir los siguientes principios de elaboración y ejecución del Programa:
- El Programa será gradual, en etapas anuales de definición, negociación, ejecución y evaluación; - El Programa será flexible de forma tal de poder ajustar su alcance, ritmo y objetivos; - El Programa incluirá, en cada etapa, un conjunto reducido de proyectos integrados en todos sus aspectos, previéndose inclusive la armonización simétrica de políticas para asegurar el éxito de los proyectos y la credibilidad del Programa; - El Programa será equilibrado en el sentido que no debe inducir a una especialización de las economías en sectores específicos; que debe estimular la integración intrasectorial; que debe buscar un equilibrio progresivo, cuantitativo y cualitativo, del intercambio por grandes sectores y por segmentos a través de la expansión del comercio; - El Programa propiciará la modernización tecnológica y una mayor eficiencia en la asignación de recursos en las dos economías, a través de tratamientos preferenciales ante terceros mercados, y la armonización progresiva de políticas económicas con el objetivo final de elevar el nivel de ingreso y de vida de las poblaciones de los dos países…”.
En 1988, Argentina y Brasil firmaron, el Tratado de Integración, Cooperación y Desarrollo cuyo objetivo era la formación de un mercado común en un plazo de diez años.
Ese Tratado se realizó bajo el encuadre y respetando los objetivos del Tratado de Montevideo de 1980, el cual, en su artículo 9 establece que “Los acuerdos de alcance parcial se regirán por las siguientes normas generales: a) Deberán estar abiertos a la adhesión, previa negociación, de los demás países miembros;…”, dejando así una puerta abierta para que otros países se sumen a lo acordado entre Argentina y Brasil, lo que posibilitaría, en 1991, la formación del MERCOSUR vía el Tratado de Asunción.
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