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Artículo 229 ses articulo habla del abandono infantil sobre abandono de un menor de edad o un incapaz por parte de la persona encargada de su guarda, será castigado con la pena de prisión de uno a dos años. ... Si el abandono fuere realizado por los padres, tutores o guardadores legales, se impondrá la pena de prisión de dieciocho meses a tres años significa que los responsables del niño.
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saludos espero que te guste la respuesta gracias
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