Respuestas
Respuesta dada por:
1
de qué artículo?
Explicación:
se mas específica
Respuesta dada por:
1
Respuesta:
Cuando los padres tengan un interés opuesto al de los hijos, el juez tutelar nombrará a estos un curador especial.
Si la oposición de intereses surge entre los hijos sometidos a una misma autoridad parental, se nombrará un curador para cada uno de ellos o para cada grupo de intereses semejantes.
Preguntas similares
hace 5 años
hace 7 años
hace 7 años
hace 8 años
hace 8 años