teoria de la constitucion karl loewenstein resumen por capitulos

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Respuesta dada por: adferri2017
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(Karl Loewenstein. Teoría de la Constitución)

 

En  este  artículo me referiré a una sección del libro del destacado  jurista alemán,  Karl  Lowenstein (1891-1973),  titulado  “Teoría  de  la  Constitución”,  específicamente  examinaré   el   capítulo V de  la  edición  en  español  del  año  1986,  traducida  por el académico de Derecho Alfredo Gallego Anabitarte.  En  el  Prólogo  a  la  edición  alemana  (1958)  Loewenstein  explica la razón por la cual la  edición  de  su  libro  inglés  (publicado  por   Chicago   Press)   se  tituló “Political power and the govermental  process”,  mientras  que  la  edición  alemana  se  tituló “Verfassungslehre” (Teoría de la Constitución, mismo título que la edición en español).  Lo  anterior se debió a que, en la “academia” estadounidense,  lo  relativo  al  análisis  comparativo del papel que juega la Constitución en distintas formas   de  gobierno   correspondía  a  lo  que  se  conoce  como  “Comparative   Government”.  La “Ciencia Política” estadounidense se caracterizaba por el pragmatismo y realismo, así como también por su distanciamiento de aquellos enfoques de carácter teórico-abstractos de la esencia y función de la  Constitución (más  común  en  la  “academia”  alemana). Así,  en  el  mundo anglosajón, señala el autor,  la  idea  de  una “Teoría de la Constitución” que intentase captar una  esencia de esta misma era algo ajeno a la academia estadounidense.  

Es  por  ello  que  la  edición  en  inglés  no  se tituló  “Constitutional   Theory” ya que hubiese sido, a ojos del lector estadounidense, algo inoportuno  y  equívoco  (algo  que  no  hubiese  sucedido bajo la  óptica  del  lector  alemán).  Ahora  bien,  Loewenstein   señala  que  su  obra  está lejos de ser una exposición teórico-abstracta de la esencia de la Constitución en general.  Y  esto  nos  da una primera aproximación  al  enfoque  de  este  autor  en  este  tema:  su relativismo e historicismo, es decir, no se puede abordar la Constitución al margen de la historia  y  las  características propias de la sociedad en  la  cual  emerge.  Como  explica  el  mismo  autor,  tras  dos  guerra mundiales los seres humanos se han vuelto profundamente conscientes de la relatividad y fugacidad  de  todo  acontecer  mundial, y nos exontramos lejos de aquel siglo XVIII en donde predominaba una fe ingenua en el progreso de la humanidad.

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