9. SE PROHÍBE LA PRISIÓN PERPETUA SEGÚN EL ARTICULO 34 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA. ESTO SIGNIFICA QUE * A. UNA CONDENA SOLO PODRA DARSE HASTA LOS 100 AÑOS DE CONDENA B. LA CONDENA NO ES PARA TODA LA VIDA Y EN ALGUN MOMENTO LA PERSONA TENDRA QUE SALIR LIBRE C. TODA CONDENA POR ASESINATO A MAS DE CINCO PERSONAS AMERITA QUE LA PERSONA PAGUE 200 AÑOS DE PRISION D. SE PROHIBEN LAS PENAS QUE DUREN MAS DE 50 AÑOS ¡¡¡AYUDAME ES PARA HOY MISMO¡¡¡
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Artículo 34. Se prohíben las penas de destierro, prisión perpetua y confiscación. No obstante, por sentencia judicial, se declarará extinguido el dominio sobre los bienes adquiridos mediante enriquecimiento ilícito, en perjuicio del Tesoro público o con grave deterioro de la moral social.
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