• Asignatura: Derecho
  • Autor: juanjdha64
  • hace 6 años

¿Quién NO puede organizar una iniciativa popular?

Respuestas

Respuesta dada por: diegomibebeo7
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Explicación:

La Constitución española prevé la iniciativa popular en su artículo 87.3 y siguientes y en la ley reglamentaria (Ley Orgánica 3/1984, de 26 de marzo, reguladora de la iniciativa legislativa popular). Se requieren 500.000 firmas acreditadas de ciudadanos.

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