¿ escribo brevemente sobre lo que establece el artículo 1 de la Constitución nacional ?​

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Respuesta dada por: bravocruzrolando
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Respuesta:Artículo 1°- La Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa republicana federal, según la establece la presente Constitución. ... Bajo de estas condiciones, el Gobierno federal, garante a cada provincia el goce y ejercicio de sus instituciones.

Explicación: Espero haberte ayudado


ana3473: Muchas gracias
Respuesta dada por: JOSEBONI123DANI
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Respuesta:

Defensa de la persona humana La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado.

Explicación:

Su apreciación fue compartida por juristas y por el ex decano del Colegio de Abogados de Lima, Wálter Gutiérrez; así como por Jesús Silva, representante del Tribunal Constitucional. Ellos participaron como ponentes en el foro “El Derecho a la Intimidad Frente a la Libertad de Expresión”, que se realizó en la Sala Grau del Palacio Legislativo.

Menchola destacó las posiciones discrepantes, pero democráticas asumidas por los expositores, las que, según su apreciación, apuntan a ir mejorando las formas y mecanismos de regulación de los medios de comunicación con el fin de compatibilizar el tema de la libertad de expresión con el del derecho a la intimidad y la privacidad a las personas.

Refirió que el daño a la intimidad es “irreparable• y que en países europeos está prohibido publicar la foto del funcionario publico investigado cuando no hay sentencia de un tribunal. Sin embargo, dijo: “En el Perú no solo publican la foto y el nombre sino que hasta mencionan a la familia. Años más tarde el Tribunal lo declara inocente y nadie vuelve a colocar la noticia en la misma proporción”, afirmó el parlamentario.

Ante ello, indicó que ha presentado un proyecto de ley cuyo objetivo es encontrar un equilibrio entre estos dos aspectos. En él se plantea, para dar legitimidad a la lucha contra la corrupción, que en los videos obtenidos ilegalmente bajo el chuponeo se revele al juez de turno, el que tendrá 72 horas para comunicar al Ministerio Publico y a la policía, a efectos de que el presunto delincuente no huya u oculte las pruebas. Pasado ese lapso el medio puede publicar la noticia si el juez considera que el tema en mención es de interés público.

José Perla, abogado de la Universidad Católica del Perú, consideró que los medios de comunicación venden productos mediáticos que empresarialmente son rentables. “Todo eso es fruto de la libertad de comunicar que, según dijo, puede, muchas veces, demoler nuestro sistema democrático”.

Jesús Silva, representante del Tribunal Constitucional, afirmó, que la legitimidad de la prueba no puede obtenerse a cualquier precio, sino que está sujeta a determinados límites que se establecen en la Constitución y en la ley.

Kela León, directora del Consejo de la Prensa Peruana, discrepó en el sentido de que los medios de comunicación no se regulan en el país, sin embargo reconoció que ese proceso aún se encuentra en estado primario.


maiarajasmin: gracias
ana3473: Muchas gracias amigo por la respuesta
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