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Respuesta:
Son inalienables, intransferibles, imprescriptibles, indivisibles, inembargables e irrenunciables
Explicación:
Esto, desde un punto de vista iusfilosófico porque son rasgos mínimos de la individualidad por los que una persona se identifica del otro y no pueden ser separados del ser. Desde un punto de vista legal, porque la mayoría de las legislaciones civiles así lo prevén.
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