Respuestas
Respuesta:
Un contrato de asociación en participación es el que formaliza una asociación en la que a una de las partes se le entregará la participación de un porcentaje, el cual se fijará en el contrato.
Así, si en el contrato se fija que después de la recuperación se le entregará un 30% de la ganancia neta mensual, este contrato formaliza dicha asociación.
Este contrato puede ser celebrado entre personas físicas o una persona física y una persona moral, independientemente y cualquiera (persona física o persona moral) puede ser la contraparte respectiva.
Ejemplo de contrato de asociación en participación:
Contrato de asociación en participación
En México D.F a 20 de agosto de 2014.
Contrato celebrado entre los señores Rogelio Martínez Moreno y el Sr. Jaime Torres Bernal; este contrato será celebrado con la finalidad de formalizar la participación como socio dentro de la empresa denominada Autopartes Moreno S.A de C.V: el Sr. Rogelio Martínez Moreno en lo sucesivo se denominará el asociante y la contraparte el Sr. Jaime Torres Bernal que en lo sucesito será denominado como el asociado.
Las partes quedan plenamente conformes en la denominación que se seguirá en el resto del contrato y en las siguientes declaraciones y clausulas:
DECLARACIONES:
I. Declara el asociante:
a) Ejercer el comercio en forma honesta y legal y en el inmueble que cuenta con su domicilio fiscal en Av. Poniente sur número 354 col Industrial Del. Iztapalapa México D.F así como declara estar debidamente registrado en el Registro Federal de Contribuyentes con el número: RFC. RPE902345ST.
b) Declara que su denominación es la de: Autopartes Moreno, dedicándose al giro de refacciones automotrices.
II. Declara(n) el (los), asociado(s):
a) Encontrarse en plena voluntad para celebrar un contrato de asociación con la participación e intención de aportar bienes del orden económico al asociante, para que se realicen las actividades propias del giro de dicha empresa así como su participación en las utilidades, y de las pérdidas originadas por dicho giro y sus actividades.
b) Declara el asociado, estar en conformidad con el porcentaje que se establezca en este contrato como participación de los dividendos finales que se pagarán cada treinta días.
c) Declaran tener sus domicilios fiscales en Calle Norteamérica No 23 Colonia Del Valle México D.F.
III. Atento a lo arriba establecido se conforman las partes a seguir las siguientes:
CLÁUSULAS:
Primera.- Las partes, quedan conformes en que el objeto de este contrato es la participación de las utilidades que como asociado correspondan por el aporte económico que se brindará a la empresa autopartes Moreno S.A de C.V
Segunda.- El monto que se entregará al asociado será del 30% de las ganancias totales y finales que se repartirán en la forma establecida en este contrato en el lapso de treinta días hábiles, cantidad que se repartirá después de haber realizado los pagos y reparticiones correspondientes entre los trabajadores.
Tercera.- El asociante acepta los bienes y servicios aportados por el asociado y se compromete a destinarlos al fomento de las actividades mercantiles señaladas en la declaración I de este contrato. También se compromete a participar a los asociados en las utilidades o pérdidas originadas de sus operaciones mercantiles mencionadas anteriormente.
Cuarta.- El asociante aplicará los recursos en forma exclusiva al giro y los movimientos correspondientes al negocio objeto de este contrato.
Quina.- En un lapso de seis meses, contados a partir de la firma de este contrato, se presentará una situación o informe que explique la circunstancia correspondiente del estado que presta la empresa.
Sexta.- Se deberá dar seguimiento o mantenimiento a todo bien proporcionado por el asociado.
Séptima.- En el caso de cambio de uso del capital se deberá dar una carta que establezca las circunstancias y motivaciones correspondientes.
Octava.- Los asociados podrán ceder sus derechos previa autorización del asociante y avisando con treinta días de anticipación
Novena.- La cesión de derechos se llevará a cabo, de conformidad a los arreglos que se enmarquen en la ley y se llevará a cabo mediante la fe de un notario debidamente certificado.
Explicación: