• Asignatura: Derecho
  • Autor: karenjesseny
  • hace 6 años

el paro es un derecho privativo de la clase laboral? por qué?

Respuestas

Respuesta dada por: ymonsalvopolo
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Respuesta:

huelga y el paro.

La huelga puede definirse como toda perturbación producida en el proceso productivo y principalmente la cesación temporal del trabajo, acordado por los trabajadores, para la defensa y promoción de un objetivo laboral o socioeconómico. Mientras que el Paro como la suspensión voluntaria del trabajo por uno o más empleadores en defensa de sus intereses.

La huelga al igual que el paro es tanto un hecho como el derecho. Consiste en la suspensión colectiva y concertada del trabajo previa observancia de la ley; si la cesación de actividades es de parte de los trabajadores, se denomina huelga, pero si proviene de parte del empleador se llama paro, lo cual iremos detallando a lo largo del trabajo.

De manera introductiva debemos tener en cuenta que un conflicto económico es el que se suscita entre uno o más sindicatos de trabajadores y uno o más empleadores o uno o más sindicatos de empleadores, con el objeto de que se establezcan nuevas condiciones de trabajo o se modifiquen las vigentes. Es por tanto que estos conflictos, sean éstos económicos o jurídicos, deben su origen a uno de los dos sujetos de la relación laboral: patrono o trabajadores. Si el conflicto surge por iniciativa de los trabajadores, lo denominamos "Huelga"; si se origina por decisión del empleador (o empleadores), lo llamamos "Paro Patronal". Examinemos primeramente a la "Huelga", para luego referirnos al menos frecuente "Paro Patronal".

Cada uno de nosotros requiere para desenvolvernos en nuestra profesión, adquirir conocimientos, los cuales nos ofrecen herramientas para realizar determinada labor. Es por tanto, que esta investigación, es de carácter documental, por lo cual utilizamos varios libros citados en la bibliografía.

OBJETIVO GENERAL

Conocer sobre los diversos procedimientos para ejercer el derecho de huelga y del paro patronal, en nuestra legislación.

OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Definir los Conceptos y las Características del derecho de huelga y del paro.

Establecer los diversos tipos de derecho de huelga.

Identificar cuáles las Semejanzas y Diferencias entre la Huelga y el Paro.

La huelga

La primera huelga fue en el Antiguo Egipto, durante el reinado de Ramses III, en el año 1166 a.C. La huelga está asociada a la demanda de mejores condiciones de trabajo, al desarrollo del movimiento sindical y a la expansión del sindicalismo internacional y, en general, a la lucha de clases. Aunque sus orígenes se remontan a la Revolución francesa de 1789 su pleno desarrollo se produce con la Revolución industrial y la generalización del trabajo asalariado a finales del siglo XVIII y principios del siglo XIX.

El origen de la huelga unido al movimiento sindical. Las primeros movimientos obreros se sitúan en Inglaterra. Allí apareció el ludismo conducido por Ned Ludd y conocido como el movimiento de los rompedores de máquinas (1810-1811). En años posteriores, 1830, aparecen las primeras organizaciones obreras de carácter sectorial (trabajadores por oficio). En Inglaterra tomaron el nombre de trade-unions (literalmente «uniones de oficios») o simplemente unions. A los movimientos sindicales de distinto signo (anarquismo, comunismo, socialismo) van también asociados al desarrollo teórico de la existencia de una clase trabajadora obligada a desarrollar una lucha de clases para el reconocimiento de valor como fuerza de trabajo en la creación de riqueza. La práctica de la huelga es considerada como una herramienta para reivindicar mejoras en las condiciones de trabajo. El derecho de huelga es otra de la reivindicaciones del movimiento sindical.

 1.2.-Evolución Del Derecho De Huelga en la República Dominicana.

Bien puede afirmarse que la historia del movimiento obrero durante el

siglo XIX es la historia de los conflictos del trabajo, caracterizados por manifestaciones de protesta, junto a la formalización de un proceso en el que, a pesar de ser reprimidos enérgicamente, incluso con las armas, los movimientos huelguísticos, éstos se afianzan hasta el punto de que en esa misma centuria termina por imponerse el reconocimiento del derecho de huelga como la legítima abstención de los trabajadores en cuanto a sus actividades profesionales, de producción, de servicio subordinado". En nuestro país, el régimen legal de la huelga ha experimentado el siguiente proceso evolutivo:

 1.3.-Definición de la Huelga.

Estimo pertinente que después de referirme a los antecedentes históricos de la huelga, se consigne algunas definiciones de la misma, pues ha sido analizada desde diferentes puntos de vista y por tal motivo se encuentran definiciones que la refieren como un medio de lucha, como medio de presión para la modificación de las condiciones laborales, como medio para el reconocimiento del interés profesional, como base de factores de orden político, como medio de presión para obtener fines determinados, etc.

Explicación:

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