Cuándo comenzó la lucha por los derechos en Occidente, y cómo era la sociedad antes
de que se reconocieran
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Con anterioridad a la DUDH ya se había iniciado el camino para el reconocimiento de determinados derechos y la progresiva extensión a todas las capas de la sociedad de los mismos. La evolución del concepto de .derecho humano. debe ser estudiado necesariamente desde una perspectiva histórica y cultural (IEPALA). El transcurso de la historia y la evolución cultural han dado lugar a diferentes formas de concebir de los derechos en función del género, de la clase social, etc.
Referencias a la conceptualización de .derechos. (entendida como la búsqueda dignidad de la persona) las encontramos ya en la Antigua Grecia, en Europa, en el código Hammurabi en Mesopotàmia o en la Antigua China. Asimismo, diferentes estudios han demostrado que ya en la Edad Media, la concepción de los derechos del hombre fue unida a la lucha desatada entre las prerrogativas de las monarquías absolutistas (materialización del concepto de Estado absoluto) y los derechos de los hombres, en cuanto a individuos.
Es en este sentido que se inicia y desarrolla una legislación relativa a los derechos civiles, en un principio restringida a los aristócratas, y más tarde extendiéndose al resto de capas de la sociedad. Ejemplos de esta evolución pueden ser la aparición de la Carta Magna en 1215 o la Carta de Derechos en 1689 (ambas aparecen en Inglaterra).
Así mismo, la Declaración de Derechos del Buen Pueblo de Virginia, realizada en el estado de Virginia en 1776, la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano realizada en Francia (como consecuencia de la Revolución Francesa y de la revolución social que implicó) o la Declaración de Derechos de 1791, promulgada en los Estados Unidos, reflejan un nuevo concepto de los derechos del hombre –que no de las mujeres-, creando las bases de lo que se conocen hoy como libertades fundamentales.
Las declaraciones de Virginia y la de Derechos de 1791 (heredera de la primera) contienen una tipología de derechos entre los que se podemos destacar:
Derecho a la libertad religiosa (Art. 1 de la Declaración de Derechos de 1971) y de conciencia (Art. 16 de la Declaración de Virginia)
Derecho a una justicia justa, es decir, existencia de un jurado imparcial, acceso a una defensa, etc.
Se apunta la definición de un derecho de inviolabilidad del domicilio (Art 4. de la Declaración de Derechos de 1791).
Los hombres son iguales e independientes (Art. 1 de la Declaración de Virginia)
Reconocimiento de unos derechos inherentes al hombre: goce de la vida y la libertad o derecho de propiedad (Art. 1 de la Declaración de Virginia)
La idea de que el poder reside en el pueblo (Art. 2 de la Declaración de Virginia). Dicho lema se puede asimilar a la soberanía popular. El pueblo, además, tiene potestades fiscalizadoras.
Derecho a la revolución (Art. 3 de la Declaración de Virginia). Dicho derecho se establece siempre que se considere que el poder establecido no cumple con sus obligaciones y no asegura la protección de la comunidad, su seguridad, ... En este sentido se debe recordar que la Declaración de Virginia se realiza en junio 1776 y la declaración de independencia estadounidense de la metrópoli colonizadora británica se realiza un mes después.
Se establece la separación de poderes. Al menos entre el ejecutivo y el legislativo (Art. 5 de la Declaración de Virginia).
Se establece el derecho a la elección de los cargos políticos del Ejecutivo y del Legislativo (Art. 5 de la Declaración de Virginia) mediante sufragio masculino limitado (Art. 6 de la Declaración de Virginia).
Libertad de imprenta (Art. 12 de la Declaración de Virginia).
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