Lee los siguientes artículos de la Constitución y subraya las palabras claves. Art. 32. - La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir. Art. 16.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a: 1. Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos. 2. El acceso universal a las tecnologías de información y comunicación. 3. La creación de medios de comunicación social, y al acceso en igualdad de condiciones al uso de las frecuencias del espectro radioeléctrico para la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, y a bandas libres para la explotación de redes inalámbricas. 4. El acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva, sensorial y a otras que permitan la inclusión de personas con discapacidad. 5. Integrar los espacios de participación previstos en la Constitución en el campo de la comunicación.

Respuestas

Respuesta dada por: zulyvera
433

Art._ 16

Señala

#1 Una comunicación libre

#2 El acceso universal a las tecnologías de información

#3 La creación de medios de comunicación social

#4 El acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva, sensorial

#5 Integrar los espacios de participación


1762534: Gracias broo
erickugsha00gmailcom: gracias crak
Respuesta dada por: keilakayet
377

Las palabras claves presentes en los artículos de la Constitución son:

Art. 32. - La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan el buen vivir.

Art. 16.- Todas las personas, en forma individual o colectiva, tienen derecho a: 1. Una comunicación libre, intercultural, incluyente, diversa y participativa, en todos los ámbitos de la interacción social, por cualquier medio y forma, en su propia lengua y con sus propios símbolos. 2. El acceso universal a las tecnologías de información y comunicación. 3. La creación de medios de comunicación social, y al acceso en igualdad de condiciones al uso de las frecuencias del espectro radioeléctrico para la gestión de estaciones de radio y televisión públicas, privadas y comunitarias, y a bandas libres para la explotación de redes inalámbricas. 4. El acceso y uso de todas las formas de comunicación visual, auditiva, sensorial y a otras que permitan la inclusión de personas con discapacidad. 5. Integrar los espacios de participación previstos en la Constitución en el campo de la comunicación.

Estas palabras permiten comprender los artículos de la constitución que garantiza el ejercicio de los derechos de todos los colombianos.


gomezceleste651: gracias
samanthaortega: gracias me sirvió de mucho
anagabriela092008: muchas gracias
cristina87robles: esto es de ciencias sociales
valeriagamboy2005: te agradesco gracias
mariaalexandra10: muchas gracias
158ali: gracias
sebastianfreire124: mijin
sebastianfreire124: tenkiu
jaimeamagua1: gracias bro
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