¿quienes tienen derecho al dia sin IVA?

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Respuesta dada por: lalalaman3218
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Al momento de escribir el presente documento aún no ha tenido lugar el primer “Día sin IVA” en nuestro país, luego, los efectos reales de esta medida no son medibles aún, pero se puede hacer un análisis de la misma.

 

Desde hace meses el concepto mismo de Estado Social de Derecho se ha puesto en entredicho.  El proceso de emisión de leyes involucra a las tres ramas del poder público y, por consiguiente, es el mecanismo a través del cual, por vía de democracia representativa, el Estado se regula a sí mismo.  No es el caso de Colombia, donde hace meses se legisla vía emisión de decretos, no de leyes, en razón a la pandemia que nos ocupa y también a que en las sesiones del Congreso se han aprobado importantes leyes para el momento en que vivimos, como la declaración del carriel como patrimonio nacional y la denominación por ley de “Ciudad Señora” para Buga.

 

Así, en el marco de la emisión de medidas para aliviar la economía por efectos del Covid-19, el Decreto 682 de 2020 estableció la exención de IVA durante tres días al año para determinados bienes, particularmente vestuario, electrodomésticos, elementos deportivos, entre otros.

 

Llama la atención que sea el gobierno nacional quien impulse a los ciudadanos a hacer parte de esta “fiesta de optimismo” y salir a comprar de forma masiva, en un discurso más propio de los gremios de comerciantes.  El Gobierno Nacional dirá, con razón, que dejó de recaudar 450.000 millones de pesos y por consiguiente está poniendo de su parte para que todos salgamos de esta situación, pero cabe revisar la efectividad de la medida viendo quién comprará y quién venderá en esta jornada.  Los pequeños comerciantes, los tenderos, los emprendimientos, no se verán beneficiados por esta medida en cuanto no cumplen con los requisitos pedidos y no tienen la trazabilidad de información suficiente para cumplir con los reportes de información detallada requerida por la autoridad tributaria.  Por otra parte, la mayoría de los ciudadanos del país tampoco podrán comprar sin IVA en cuanto no se permiten pagos en efectivo, luego solo aplica a población bancarizada que se endeudará con su tarjeta de crédito para pagar lo que adquiera.  No aplica el beneficio a insumos médicos, alimentos, servicios de primera necesidad, en fin, a lo que se creería más indispensable en el escenario en que estamos.  Tampoco los insumos agrícolas tendrán IVA, pero los campesinos que los requieren no los podrán comprar. La medida para reactivar la economía por la pandemia permitirá entonces que quienes no están en situación de emergencia le compren a quienes no están en situación de emergencia para adquirir bienes que no aplican a situaciones de emergencia.  

Explicación:

espero haberte ayudado

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