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En su monumental Historia de América, el historiador argentino Ricardo
Levene nos recuerda que la Constitución de 1853 es “representativa, republicana y federal”, y en ella la visión de Juan Bautista Alberdi se inspira
en ideas muy precisas: “una Constitución no es un cuerpo de doctrinas o
teoría reflejo de la ilustración de un legislador sino la expresión auténtica
de la historia de un pueblo, de sus costumbres, de su modo predominante de ser y sentir”. El “Padre de la Constitución Argentina” (Linares
Quintana) fue hostil a las abstracciones desvinculadas de la historia y abogó por una Constitución rígida que le diera estabilidad al régimen político.1 El constitucionalismo de Alberdi, fundido en esa caldera de ideas
que fue la “generación del 37”, se inscribe en lo que podemos denominar
“liberalismo temperado”, propio del mundo post Santa Alianza con una
temprana influencia de Escuela Histórica de F. C. von Savigny, marcado
por su preocupación por el “mejoramiento de la raza”, europeización de
las costumbres, inmigración libre, introducción de la técnica, aumento de
la producción, libertad de comercio y difusión de la enseñanza.
1 Levene, Ricardo, Historia de América, Buenos Aires, W. M. Jackson Inc. Editores,
1949, vol. VI, cap. I: “La Argentina hasta la Constitución de 1853”, pp. 9-218, y vol. X.
Consultar la monumental obra de Linares Quintana, Segundo, Tratado de la ciencia del
derecho constitucional argentino y comparado, 2a. ed., Buenos Aires, Plus Ultra, 1977-
1987, en especial vol. 1, pp. 426-432, y vol. 7, pp. 146-149.
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Explicación:
el 15 de mayo de 1833, el texto aprobado por la Gran Convención fue promulgado y jurado por el presidente José Joaquín Prieto.