Respuestas
Respuesta:
<Reglamento de uso exclusivo para el cuidado de Bosques y Parques.
CAPÍTULO I
USO MODERADO
Articulo 1.- Objetivo
Este reglamento tiene el objetivo de mejorar nuestro medio ambiente y cuidarlo al mismo tiempo. Se tiene como fin el de ayudar en su cuidado y protección.
Artículo 2.- Lugares adecuados
Las empresas, fábricas, industrias o constructoras van a poder talar los árboles en zonas donde el crecimiento de estos sea más rápido con el propósito de lograr un equilibrio más estable que los anteriores.
Artículo 3.- Su moderación
Cualquier uso de los árboles debe ser obligatoriamente moderado, de lo contrario se denegara la posibilidad a dichas fábricas de utilizar dichos recursos naturales.
Artículo 4.- Uso necesario
Se permitirá el uso a las fábricas o industrias que lo utilicen principalmente como materia prima, esto para evitar su tala excesiva. De igual manera para las empresas que venden madera, puesto que esto no es motivo para talarlos todos los días.
CAPÍTULO II
ACTIVIDAD POSTERIOR
Artículo 5.- Obligatorio
La actividad a realizar es importante y obligatoria para todas las empresas, fabricas, entre otras. Nuestro fin es dar consciencia a estas empresas para que aprendan a cuidar los bosques y parques, pero sobre todo que lleguen a valorarlos.
Artículo 6.- Bosques limpios
Lo principal después de talar los árboles es limpiar los alrededores, suelen quedar muchos residuos y estos llegan a convertirse en basura, lo adecuado es eliminar todos estos residuos y dejar el bosque igual a como lo encontraron.
Artículo 7.- Plantar árboles después de talarlos
Esto es un requisito indispensable que se debe cumplir al pie de la letra, de lo contrario, la empresa, fábrica, industria o constructora recibirá una multa considerable con el fin de reemplazar los árboles talados. Esta actividad será igual para todos, buscamos ganar fondos económicos para su cuidado.
Artículo 8.- Seguro
Todos los servicios que talen arboles como materia prima, deben asegurarse acerca del crecimientos de dichos árboles para que comprendan el tiempo que tardan en crecer. Deben realizarlo las mismas veces que talen, porque de lo contrario también recibirán una multa.
CAPÍTULO III
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Artículo 9.- Antes del reglamento
Hasta antes de la entrada de este reglamento, ocurrieron muchas discrepancias respecto a las normas que se debían adoptar para el cuidado de nuestros bosques y parques. Y también elegir quienes serían los más competentes para escribir dichas normas. Muchos consideraron dejar el trabajo en manos de los jóvenes, pero finalmente se decidió que los adolescentes deberían llevar acabo esta responsabilidad esperando que ellos mismo tomen consciencia respecto al cuidado de nuestros bosques y parques.
Artículo 10.- Corrigiendo los errores
Es claro que en nuestras manos encontramos soluciones un tanto más sencillas, gracias a ello, podemos tener una gran oportunidad de corregir nuestros errores respecto a la forma del cuidado de los bosques y parques.
Artículo 11.- Para todos
De antemano se sabe que esto puede leerlo todo público, por lo tanto, es poco probable el hecho de que alguna entidad diga no conocerlo y por eso haya incumplido alguno de los artículos escritos anteriormente.
Explicación:
Reglamento de uso exclusivo para el cuidado de Bosques y Parques.
CAPÍTULO I
USO MODERADO
Articulo 1.- Objetivo
Este reglamento tiene el objetivo de mejorar nuestro medio ambiente y cuidarlo al mismo tiempo. Se tiene como fin el de ayudar en su cuidado y protección.
Artículo 2.- Lugares adecuados
Las empresas, fábricas, industrias o constructoras van a poder talar los árboles en zonas donde el crecimiento de estos sea más rápido con el propósito de lograr un equilibrio más estable que los anteriores.
Artículo 3.- Su moderación
Cualquier uso de los árboles debe ser obligatoriamente moderado, de lo contrario se denegara la posibilidad a dichas fábricas de utilizar dichos recursos naturales.
Artículo 4.- Uso necesario
Se permitirá el uso a las fábricas o industrias que lo utilicen principalmente como materia prima, esto para evitar su tala excesiva. De igual manera para las empresas que venden madera, puesto que esto no es motivo para talarlos todos los días.
CAPÍTULO II
ACTIVIDAD POSTERIOR
Artículo 5.- Obligatorio
La actividad a realizar es importante y obligatoria para todas las empresas, fabricas, entre otras. Nuestro fin es dar consciencia a estas empresas para que aprendan a cuidar los bosques y parques, pero sobre todo que lleguen a valorarlos.
Artículo 6.- Bosques limpios
Lo principal después de talar los árboles es limpiar los alrededores, suelen quedar muchos residuos y estos llegan a convertirse en basura, lo adecuado es eliminar todos estos residuos y dejar el bosque igual a como lo encontraron.
Artículo 7.- Plantar árboles después de talarlos
Esto es un requisito indispensable que se debe cumplir al pie de la letra, de lo contrario, la empresa, fábrica, industria o constructora recibirá una multa considerable con el fin de reemplazar los árboles talados. Esta actividad será igual para todos, buscamos ganar fondos económicos para su cuidado.
Artículo 8.- Seguro
Todos los servicios que talen arboles como materia prima, deben asegurarse acerca del crecimientos de dichos árboles para que comprendan el tiempo que tardan en crecer. Deben realizarlo las mismas veces que talen, porque de lo contrario también recibirán una multa.
CAPÍTULO III
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Artículo 9.- Antes del reglamento
Hasta antes de la entrada de este reglamento, ocurrieron muchas discrepancias respecto a las normas que se debían adoptar para el cuidado de nuestros bosques y parques. Y también elegir quienes serían los más competentes para escribir dichas normas. Muchos consideraron dejar el trabajo en manos de los jóvenes, pero finalmente se decidió que los adolescentes deberían llevar acabo esta responsabilidad esperando que ellos mismo tomen consciencia respecto al cuidado de nuestros bosques y parques.
Artículo 10.- Corrigiendo los errores
Es claro que en nuestras manos encontramos soluciones un tanto más sencillas, gracias a ello, podemos tener una gran oportunidad de corregir nuestros errores respecto a la forma del cuidado de los bosques y parques.
Artículo 11.- Para todos
De antemano se sabe que esto puede leerlo todo público, por lo tanto, es poco probable el hecho de que alguna entidad diga no conocerlo y por eso haya incumplido alguno de los artículos escritos anteriormente.