¿Has leídos la Constitución Nacional del Paraguay ?¿ Qué artículos de la Constitución Nacional recuerdos?
Respuestas
Respuesta:
Explicación:Desde que tenemos el honor de desempeñar en la sec-.
cion Universitaria dél Instituto Nacional la cátedra de
Derecho Público i Administrativo, que nos fué conferida
por decreto de 26 de febrero de 1861, hemos procurado
dar a la enseñanza del derecho constitucional una tendencia positiva que, sin descuidar la teoría, hiciera conócer a nuestros alumnos la Constitución de Chile en un
sentido eminentemente práctico.
Los comentarios escritos ántes de aquella fecha por la
pluma majistral del señor don José Victorino Lastarria i
por nuestro distinguido i malogrado amigo Juan Manuel
Oarrasco Albano, son, en su mayor parte, un estudio teórico-crítico de aquel Código. Hemos creido, en consecuencia, que convendría emprender un trabajo que tuviera un carácter diferente i mas apropiado al método de
enseñanza que nos ha servido de guia en el profesorado.
Con tal propósito hemos condensado en esta obra las
notas i apuntes que, desde largos años, venimos estractando de los Boletines de sesiones de nuestras Cámaras,
en todo aquello que se refieren a las discusiones habidas
con motivo de la intelijencia i aplicación de los preceptos contenidos en nuestra Lei Fundamental, procurando
-clasificarlas de una manera precisa i metódica, que dé a
conocer cuáles han sido las cuestiones debatidas, cuáles
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las opiniones emitidas acerca de ellas i cuáles las soluciones que han prevalecido.
Aunque nuestro objeto principal'lia sido el de un modesto espositor i compilador de los debates parlamentarios relativos a la Constitución que nos rije, nos permitimos emitir también nuestra opinion personal en cada
caso; entramos en el campo de la teoría, cuando ello es
menester; comparamos con las nuevas las antiguas disposiciones constitucionales que han sido ya correjida,s o
alteradas, e indicamos tpdavía algunas de las reformas
que, a juicio nuestro, convendría introducir en nuestro
Código político
Respuesta:
El pueblo paraguayo, por medio de sus legítimos representantes reunidos en Convención Nacional Constituyente, invocando a Dios, reconociendo la dignidad humana con el fin de asegurar la libertad, la igualdad y la justicia, reafirmando los principios de la democracia republicana, representativa, participativa y pluralista, ratificando la soberanía e independencia nacionales, e integrado a la comunidad internacional, SANCIONA Y PROMULGA esta Constitución.
Explicación:
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