• Asignatura: Historia
  • Autor: roldanvelasquegabrie
  • hace 7 años

a que poder del Estado pertenecen Representar al Estado dentro y fuera del país

Respuestas

Respuesta dada por: mauricio732
1

Respuesta:

Corresponde al Presidente de la República:

1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución y los tratados, leyes y demás

disposiciones legales.

2. Representar al Estado, dentro y fuera de la República.

3. Dirigir la política general del Gobierno.

4. Velar por el orden interno y la seguridad exterior de la República.

5. Convocar a elecciones para Presidente de la República y para

representantes a Congreso, así como para alcaldes y regidores y demás

funcionarios que señala la ley.

6. Convocar al Congreso a legislatura extraordinaria; y firmar, en ese caso, el

decreto de convocatoria.

7. Dirigir mensajes al Congreso en cualquier época y obligatoriamente, en

forma personal y por escrito, al instalarse la primera legislatura ordinaria anual.

Los mensajes anuales contienen la exposición detallada de la situación de la

República y las mejoras y reformas que el Presidente juzgue necesarias y

convenientes para su consideración por el Congreso. Los mensajes del

Presidente de la República, salvo el primero de ellos, son aprobados por el

Consejo de Ministros.

8. Ejercer la potestad de reglamentar las leyes sin transgredirlas ni

desnaturalizarlas; y, dentro de tales límites, dictar decretos y resoluciones.

9. Cumplir y hacer cumplir las sentencias y resoluciones de los órganos

jurisdiccionales.

10. Cumplir y hacer cumplir las resoluciones del Jurado Nacional de

Elecciones.

11. Dirigir la política exterior y las relaciones internacionales; y celebrar y

ratificar tratados.

12. Nombrar embajadores y ministros plenipotenciarios, con aprobación del

Consejo de Ministros, con cargo de dar cuenta al Congreso.

13. Recibir a los agentes diplomáticos extranjeros, y autorizar a los cónsules el

ejercicio de sus funciones.

14. Presidir el Sistema de Defensa Nacional; y organizar, distribuir y disponer el

empleo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional.

15. Adoptar las medidas necesarias para la defensa de la República, de la

integridad del territorio y de la soberanía del Estado.

16. Declarar la guerra y firmar la paz, con autorización del Congreso.

17. Administrar la hacienda pública.

18. Negociar los empréstitos.

19. Dictar medidas extraordinarias, mediante decretos de urgencia con fuerza

de ley, en materia económica y financiera, cuando así lo requiere el interés

nacional y con cargo de dar cuenta al Congreso. El Congreso puede modificar

o derogar los referidos decretos de urgencia.

20. Regular las tarifas arancelarias.

21. Conceder indultos y conmutar penas. Ejercer el derecho de gracia en

beneficio de los procesados en los casos en que la etapa de instrucción haya

excedido el doble de su plazo más su ampliatoria.

22. Conferir condecoraciones en nombre de la Nación, con acuerdo del

Consejo de Ministros.

23. Autorizar a los peruanos para servir en un ejército extranjero. y 24.Ejercer

las demás funciones de gobierno y administración que la Constitución y las

leyes le encomiendan.

CONCORDANCIAS:

C.: arts. 9, 31, 38, 39, 44, 55 al 57, 74, 75, 78, 102 inc. 5), 105, 110, 113 ¡nc. 4),

115, 117, 134, 137, 139 incs. 2), 13), 18) Y 19) ;163 al 175, 176 Y ss., 181; C.T.:

arto III T.P.;

C.P.Ct.: arto 75;

T.U.O.Rgmto.Congreso: arts. 50,54 ¡nc. e), 91;

D.Leg. 560: arts. 3, 4;

D.Leg. 743;

L.O.M.: arto 22 D.e.;

Ley 25397;

Ley 26329;

Ley 26994;

Ley 27479;

Ley 27594: arts. 1 inc. 3), 2;

Ley 28091;

P.I.D.C.P.: arto 1;

P.I.D.E.S.C.: arto 1

Ornar Cairo Roldán

En el sistema constitucional existen dos formas básicas de gobierno: el

régimen parlamentario y el régimen presidencial. En ambos regimenes las

funciones que corresponden a la Jefatura del Estado (representación protocolar

del Estado) y a la Jefatura del Gobierno (dirección de la gestión de los asuntos

públicos) son realizadas de diferentes maneras. En el régimen parlamentario, la

Jefatura del Gobierno está cargo de un funcionario que, según el país de que

se trate, recibe distintas denominaciones (por ejemplo, Primer Ministro,

Canciller o Presidente del Gobierno), mientras que la Jefatura del Estado es

asumida por una persona distinta. En el régimen presidencial, en cambio, tanto

la Jefatura del Estado como la Jefatura del Gobierno están a cargo de una sola

autoridad que recibe el nombre de Presidente275. La Constitución peruana de

1993 ha asumido un régimen semipresidencial, es decir una organización del

ejercicio del poder político que contiene los elementos fundamentales del

régimen presidencial, pero acompañados por algunos mecanismos ajenos al

275 Al respecto, Juan Linz: explica que en los sistemas presidenciales "el presidente no es solo

el que ejerce el poder ejecutivo, sino también el jefe simbólico del Estado, y no se le puede

destituir, excepto en algún caso excepcional de juicio político (impeachment), entre elecciones".

(LINZ, Juan.

Democracia presidencial o parlamentaria: ¿qué diferencia implica? En: "Las crisis del

presidencialismo. 1.

Perspectivas comparadas." Juan Linz y Arturo Valenzuela (compiladores). Alianza Editorial

S.A., Madrid, 1997, p. 32).

Explicación:

Preguntas similares