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La Sexta Conferencia Internacional Americana de 1928, consideró " que la guerra de
agresión, constituye un crimen internacional contra el género humano " y RESOLVIÓ que "
Toda agresión se considera ilícita y por tanto se declara prohibida.
e).- La Octava Conferencia Panamericana, reunida en Lima en 1938 proclamó " como
principio fundamental del Derecho de América ", que " No tendrá validez no producirá
efectos jurídicos la ocupación ni la adquisición de territorio, ni ninguna modificación o
arreglo territorial o de fronteras, mediante la conquista por la fuerza..." que " LOS
ESTADOS AMERICANOS DEBEN OBEDECER LAS NORMAS DE DERECHO INTERNACIONAL..."
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