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La provincia de Huancayo es una de
las nueve provincias que conforman el Departamento de Junín, bajo la
administración del Gobierno regional de Junín. Limita al norte con la Provincia
de Concepción, al este con la Provincia de Satipo, al sur con la Región
Huancavelica y al oeste con la Provincia de Chupaca.
En 1864 a iniciativa del senador José
Jacinto Ibarra, presentó el proyecto de Ley de creación de la Provincia de
Huancayo.2 Huancayo, ubicado a 11 grados de latitud sur y 77 grados de longitud
oeste, a una altura de 3194 msnm, era sin lugar a dudas la principal ciudad de
la zona del comercio en todo el centro del Perú.2 Antes de convertirse en
provincia su historia ya había pasado por importantes hitos como se menciona.3
2
La proclamación de la Independencia
el 20 de noviembre de 1820.
La batalla en las pampas de Azapampa
el 29 de diciembre de 1820.
El título de "Ciudad" con
el nombre de Incontrastable, dado por el Decreto Supremo del 19 de marzo de
1822.
La Proclama del Triunfo de la Batalla
de Junín, 15 de agosto de 1824.
La nueva Constitución dada en
Huancayo el 10 de noviembre de 1839.
La declaración de nacional del
Colegio de Santa Isabel el 23 de noviembre de 1852.
El derecho de abolición de la
esclavitud el 3 de diciembre de 1854.
La instalación de las Juntas
Municipales el 22 de junio de 1857.
Instalación del Juzgado de 1.ª.
Instancia de Huancayo, el 27 de mayo de 1861.
Por estas razones fue erigida en
Provincia por Decreto del 16 de noviembre de 1864.
La ley es transcrita de esta forma:
El Congreso de la República Peruana
Considerado:
Que la provincia de Jauja por su
extensión territorial i por el número a que asciende su población, tiene no
solo dos juzgados de Primera Instancia, estableciendo el uno en la capital i
otro en la ciudad de Huancayo, sino también tres municipalidades independientes
entre sí; i atendiendo a que su régimen administrativo debe ponerse en armonía
con el judicial municipal, para que los pueblos que la compongan gocen de todos
los beneficios consiguientes a la inmediata vigilancia de las autoridades;
Ha dado la lei siguiente:
Art.1: La provincia de Jauja se divida
en dos provincias: la primera conservará la denominación de provincia de Jauja,
i la segunda tendrá el nombre de provincia de Huancayo.
La provincia de Jauja se compondrá de
los distritos de Jauja, Concepción i Mito, i que pasan a ser distritos en mérito
de esta lei. La provincia de Huancayo se compondrá de los distritos de
Huancayo, Sapallanga, Parihuanca, Chupaca, Sicaya, Chongos, Colca y San
Jerónimo, que antes eran las parroquias que formaban los distritos de Huancayo,
Chupaca i parte de Concepción, i que pasan también a ser distritos en mérito de
esta lei.
Las capitales de las provincias de
Jauja i Huancayo, serán la ciudad de estos nombres; i las de sus respectivos
distritos, lo serán los que dan nombre al distrito, ciudades, villas o pueblos.
TERRY1234:
dale gracias
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