¿Qué diferencia a las normas sociales, morales y religiosas de las normas jurídicas?
:)
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Diferencia: Las normas morales comparadas con otras, podemos decir que estas son autónomas, pues es el individuo quien las acepta, a diferencia de las jurídicas, de las sociales, deontológicas o de las religiosas, en donde dichas normas nos son impuestas o por un poder legislativo (jurídicas), por un grupo social (convencionalismos), por una organización o empresa (laboral) o por una institución religiosas (iglesia o secta) en la que una persona cree o asiste. La autonomía va relacionada, entonces, con la conciencia moral, que pudo haber sido formada por la tradición, la convicción o el reconocimiento de nuestra propia naturaleza.
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ceciliaquinteros66:
Lo que distingue a las Normas Jurídicas de las demás es que forman un conjunto ordenado, es decir, un sistema. Tienen un ordenamiento jurídico, son coercibles y están inspiradas en una idea de justicia y tratan de concretar y hacer efectivo ese valor.
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