Respuestas
Respuesta dada por:
6
Explicación:
Artículo 1º. - Son baldíos todos los terrenos que, estando dentro de los límites de la República, no sean ejidos ni propiedad particular ni pertenezcan legítimamente a corporaciones o personas jurídicas.
Preguntas similares
hace 5 años
hace 5 años
hace 5 años
hace 8 años
hace 8 años
hace 9 años
hace 9 años