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Tal definición se basa, como ese propio texto sugiere, en la tradición literaria de la civilización judeocristiana y grecorromana (Biblia, Ilíada); más propiamente, en conceptos políticos de la antigüedad clásica como el desarrollado por Marco Tulio Cicerón (siglo I a. C.), Macrobio (siglo IV d. C.) y Agustín de Hipona (siglo V d. C.): que definen "pueblo" (populus) como "la asociación basada en el consentimiento del derecho y en la comunidad de intereses".7 Sin embargo, incluso en aquella época (la de la República y el Imperio romano), se hacía un doble uso del término, tal como se reflejaba en la expresión Senatvs Popvlvsqve Romanvs (SPQR, "el Senado y el Pueblo Romano") con la que se designaba al Estado romano a través de los dos cuerpos sociales y políticos que lo constituían: los patricios y los plebeyos; sólo los primeros formaban parte del Senado romano, mientras que ambas categorías constituían la totalidad del "Pueblo", cuya expresión política eran las asambleas populares o comicios.8 Etimológicamente populus (de la misma raíz que puber y pubis) se identificaría con la juventud de los que llegan a la edad de usar las armas, por oposición a senex ("viejo", los senadores).9 También en la época clásica griega el término demos tenía un doble significado, como estatus cívico y como categoría social.10
La continuidad de la influencia de las instituciones políticas y del Derecho romano y medieval permanece en las concepciones socio-legales actuales.
Una identificación étnica (racial o cultural) del término "pueblo" se da sobre todo en expresiones como "pueblos primitivos", "pueblos indígenas" de la actualidad, o "pueblos antiguos" de épocas históricas pasadas. Muy frecuente es también el uso identitario, movilizador y de pertenencia sentimental (en expresiones como los lemas "el pueblo unido jamás será vencido" o un sol poble –"un solo pueblo"–).11
En cambio, el concepto de "pueblo" en la configuración política de las modernas naciones-Estado, y sobre todo en las naciones de ciudadanos contemporáneas (muy plurales y heterogéneas en su composición demográfica, social, antropológica, y cultural, y que incluso ponen en valor esas diferencias), corresponde a un término propio del derecho constitucional:
We, the people of the United States...
Nosotros, el pueblo de los Estados Unidos...
Constitución de los Estados Unidos, Preámbulo. 1787.
Nos los representantes de los pueblos de Colombia...
Constitución de Cúcuta o de la Gran Colombia (incluía a Venezuela, Colombia, Panamá y Ecuador), Preámbulo. 1821.
Nos, los representantes del pueblo de la Nación Argentina...
Constitución Argentina de 1853, Preámbulo.
La Nación tiene una composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas...
Es voluntad del pueblo mexicano constituirse en una República...
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que reforma la de 5 de febrero de 1857. Artículos 2 y 40. 1917.12
Proteger a todos los españoles y pueblos de España...
La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
Constitución española de 1978, Preámbulo y Artículo 1º, párrafo 2. Véase Pueblo español según la Constitución.
Sin embargo, la confusión que el mismo Código de las Siete Partidas reconoce continúa hasta el presente. Una definición lexicográfica habitual de "pueblo" como "todo grupo de personas que constituyen una comunidad u otro grupo en virtud de una cultura, religión o elemento similar comunes",13 cubre no solo el conjunto de ciudadanos en su totalidad, sino cualquier subsección.
En concreto, el concepto de lo "popular" vinculado a los estratos sociales bajos o pueblo llano podría ser visto como un grupo (el constituido por "la gente menuda, así como menestrales y labradores" que indicaban las Partidas, o la "gente común y humilde" que indica el DRAE); pero un grupo especial que, cuando no es ignorado o despreciado por "vulgar" y "rústico", es idealizado y valorado al considerarlo portador de unos teóricos y perennes "valores populares"; elementos identificadores del conjunto social (del pueblo en sentido amplio) de una forma más genuina o menos viciada que los de las clases dirigentes, élites o clases altas (que en ocasiones son las primeras en imitar los rasgos más tradicionales de lo popular –casticismo y costumbrismo–, a veces como simple moda, a veces con el propósito de frenar el cambio social). Tales serían costumbres (costumbres populares), cultura (cultura popular) u otros elementos distintivos, incluyendo los religiosos (religiosidad popular, o la condición del cristiano viejo) y los artísticos (folclore, música popular y arte popular); incluso los lingüísticos (jerga, vulgarismo -vistos peyorativamente-), que (vistos apreciativamente) son el propio origen de las lenguas modernas como lengua vulgar o popular (caso de las lenguas romances frente al latín).
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