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Son todas las comunicaciones de carácter privado que llegan a las entidades a título personal, citando o no el cargo del funcionario. No generan trámites para las instituciones. Es importante anotar que cada entidad por norma interna autoriza o prohíbe el trámite de comunicaciones personales.
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Definición de correspondencia. ... Se conoce como correspondencia, por otra parte, a la comunicación por escrito entre dos o más personas. La correspondencia implica el intercambio de cartas: la persona que envía la comunicación es el remitente, mientras que quien la recibe es el destinatario.
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