la siudadania se pierde

Respuestas

Respuesta dada por: wortypinzon2005
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Respuesta:

Artículo 98 ARTICULO 98º—La ciudadanía se pierde de hecho cuando se ha renunciado a la nacionalidad, y su ejercicio se puede suspender en virtud de decisión judicial en los casos que determine la ley. Quienes hayan sido suspendidos en el ejercicio de la ciudadanía, podrán solicitar su rehabilitación.

Explicación:

Respuesta dada por: fernandocotomartin
3

Explicación:

eso que has dicho está muy bien dichooo

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