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Respuesta:
La legislación vigente sobre consumidores y usuarios, el Real Decreto Legislativo 1/2007, reconoce los derechos que aparecen a continuación. Las administraciones públicas tienen el cometido de velar por su cumplimiento, poniendo los medios necesarios, y de sancionar a quienes vulneren estos derechos.
Derecho a una información correcta
Derecho a la protección de los intereses económicos y sociales
Derecho a la reparación de los daños y perjuicios sufridos
Derecho a la representación, consulta y participación
Derecho a la salud y a la seguridad
Derecho a la protección administrativa y técnica
Derecho a la educación y formación en materia de consumo
Derecho a una información correcta
Los consumidores tienen derecho a recibir una información correcta, objetiva, cierta, eficaz, comprensible y suficiente de todos los productos, bienes y servicios puestos a su disposición.
Derecho a la protección de los intereses económicos y sociales
Los consumidores tienen derecho a que se respeten sus legítimos intereses recogidos en las normas que los defienden y protegen, en cualquiera de las fases en que puede dividirse el proceso de compra de un producto o de contratación de un servicio.
Antes de la compra de un producto o de la contratación de un servicio, procurando que la oferta, promoción y publicidad de los productos y servicios se ajusten a las características, condiciones, utilidad y finalidad para la que fueron fabricados o diseñados, de modo que no se pueda engañar o inducir a engaño. El consumidor tiene derecho a:
Recibir un presupuesto previo.
Que se utilicen métodos de venta autorizados.
Que se prohíba la edición y difusión de publicidad ilícita.
Que se prohíba la fabricación y venta de productos inseguros.
En el momento en que se compra un producto o se contrata un servicio, procurando que la información y las condiciones de la compra o del contrato sean concretas, claras y comprensibles, evitando que se utilicen cláusulas abusivas (condiciones no negociadas individualmente que en contra de las exigencias de la buena fe causen perjuicio al consumidor). El consumidor tiene derecho a:
Recibir copia del contrato.
Recibir factura de la compra.
Que se expongan o queden claros los precios y tarifas.
Que se midan y comprueben con exactitud las cantidades compradas.
Después de comprar un producto o de contratar un servicio, procurando que se respeten los derechos de comprobación, garantía, reclamación y posibilidad de renuncia o devolución que están establecidos en las normas legales aplicables o en los acuerdos particulares a los que se haya llegado. Por ejemplo:
Derecho a recibir los documentos de garantía y los manuales de instrucciones en los bienes de naturaleza duradera.
Derecho a disponer de servicios técnicos para los supuestos de avería.
Derecho a disponer de hojas de reclamaciones. De este modo se pondrán en marcha los mecanismos, bien de mediación o bien de arbitraje entre el consumidor o usuario y la empresa o profesional.
Derecho a la reparación de los daños y perjuicios sufridos
En el caso de que un consumidor haya sufrido algún tipo de daño o perjuicio ocasionado como consecuencia de la adquisición o utilización de algún producto o servicio, tiene derecho a que se le reparen adecuadamente los daños o perjuicios sufridos.
Derecho a la representación, consulta y participación
Los consumidores tienen derecho a que sus intereses y finalidades sean adecuadamente defendidos y representados a través de las asociaciones de consumidores.
Derecho a la salud y a la seguridad
Los consumidores tienen derecho a que los productos y servicios puestos a su disposición sean seguros. Se entiende que un producto es seguro cuando en condiciones normales de utilización no presente ningún riesgo o únicamente riesgos mínimos, compatibles con el uso del producto y considerados admisibles.
Derecho a la protección administrativa y técnica
Las normas de protección de los consumidores obligan a que las administraciones públicas dispongan de servicios que ayuden a los consumidores en caso de que se necesite orientación y defensa frente a actuaciones abusivas o ilegítimas en relación a la compra de un producto o la contratación de un servicio.
¿Cómo?
Disponiendo de servicios y oficinas de información al consumidor que:
Informan sobre los derechos y obligaciones a los consumidores.
Reciben y tramitan las consultas, reclamaciones y denuncias sobre los temas y asuntos de consumo.
Derecho a la educación y formación en materia de consumo
Los consumidores tienen derecho a recibir educación y formación en materia de consumo, de forma que conozcan sus derechos y las vías para poder ejercerlos adecuadamente.
¿Cómo?
A través de la realización de campañas informativas, sobre aspectos del consumo en general o sobre temas, sectores, productos o servicios concretos.
A través de la participación en los canales educativos obligatorios mediante la formación de profesionales especialistas o elaborando material didáctico.
Explicación: