Respuestas
Respuesta:
El estado tiene que proteger a las culturas minoritarias mediante medidas especiales. No se trata de tolerar la diversidad, sino de fomentarla.
Explicación:
Respuesta:
Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial (1965)
Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (1979)
Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (1984)
Convención sobre los Derechos del Niño (1989)
Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (1990)
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad
Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (ambos de 2006)
Existen asimismo otros instrumentos, como la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas (2007). También hay sistemas regionales de protección de los Derechos Humanos, como el europeo, con el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales (1950), la Convención Americana sobre Derechos Humanos (1969), la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura (1985), la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas (1994), y la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (1981).
Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes
La Convención sobre los Derechos del Niño es un tratado internacional aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989, que reconoce los derechos humanos de los niños y las niñas . En ella se establece que los Estados Partes deben asegurar que todos los niños y niñas —sin ningún tipo de discriminación— se beneficien de una serie de medidas especiales de protección y asistencia .
Esta Convención destaca porque representó una nueva visión sobre la infancia, donde los niños y niñas dejan de ser vistos como propiedad de sus padres, y pasan a ser titulares de sus propios derechos. A su vez, al aprobar la Convención, la comunidad internacional reconoció que a diferencia de los adultos, las personas menores de 18 años necesitan una atención y protección especiales . Chile ratificó este convenio internacional el 14 de agosto de 1990 .
En la Convención, se articula un conjunto de derechos sobre la base de cuatro principios fundamentales: la no discriminación; el interés superior de la infancia; el derecho a la vida, la supervivencia y el desarrollo; y el respeto por la opinión de los niños y niñas. Más específicamente, los derechos se pueden agrupar en:
Derecho a la identidad y la familia
La vida, el desarrollo, la participación y la protección.
Tener un nombre y una nacionalidad.
Saber quiénes son sus padres y a no ser separados de ellos.
Que el Estado garantice a sus padres la posibilidad de cumplir con sus deberes y derechos.
Crecer sanos física, mental y espiritualmente.
Que se respete su vida privada.
Derecho a expresarse libremente y el acceso a la información
Tener su propia cultura, idioma y religión.
Pedir y difundir la información necesaria que promueva su bienestar y desarrollo como personas.
Que sus intereses sean lo primero a tener en cuenta en cada tema que les afecte, tanto en la escuela, como en los hospitales, ante los jueces, diputados, senadores u otras autoridades.
Expresarse libremente, a ser escuchados y a que su opinión sea tomada en cuenta.
Derecho a la protección contra el abuso y la discriminación
No ser discriminados por el solo hecho de ser diferentes a los demás.
Tener a quien recurrir en caso de que los maltraten o les hagan daño.
Que no se les obligue a realizar trabajos peligrosos ni actividades que afecten o entorpezcan su salud, educación y desarrollo.
Que nadie haga con su cuerpo cosas que no quieren.
Derecho a la educación
Aprender todo aquello que desarrolle al máximo su personalidad y capacidades intelectuales, físicas y sociales.
Recibir educación. La enseñanza primaria debería ser gratuita y obligatoria para todos los niños. Todos los niños deberían tener acceso a la enseñanza secundaria.
Derecho a una vida segura y sana
Tener una vida digna y plena, más aún si se tiene una discapacidad física o mental.
Descansar, jugar y practicar deportes.
Vivir en un medio ambiente sano y limpio y a disfrutar del contacto con la naturaleza.
Participar activamente en la vida cultural de su comunidad, a través de la música, la pintura, el teatro, el cine o cualquier medio de expresión.
Reunirse con amigos para pensar proyectos juntos o intercambiar ideas.
Derecho a atención especial
Los niños con discapacidad(*) tienen derecho a los servicios de rehabilitación, y a la educación y capacitación que los ayuden a disfrutar de una vida plena y decorosa.
El derecho de un trato especial en caso de privación de la libertad.