Cuáles son los sentidos curativos del consumo excesivo del alcohol? Ayuda!!!

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Respuesta dada por: pluchin2007
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Respuesta:

El consumo habitual de alcohol en cantidades excesivas da lugar, con frecuencia, a una

disminución de la calidad de la alimentación, lo

que acarrea consecuencias que van desde la

carencia de distintas vitaminas, especialmente

del complejo B, hasta síndromes, como la cirrosis

hepática, debidos a falta de proteínas y de factores protectores de hígado, y

(iii) La embriaguez habitual, propia de los

alcohólicos, supone incapacidad periódica del

individuo, y todas las consecuencias en relación

con su trabajo, con su nivel de vida y con las

condiciones sociales de su familia.

Una política tendiente a disminuir los

accidentes del trabajo y del tránsito, así

como los traumatismos debidos a pendencias,

no pueden dejar de considerar la embriaguez

como una de las causas de estos hechos y por

consiguiente corresponde a las autoridades

sanitarias dar los pasos necesarios para

evitarlos. De la misma manera, el afán de

disminuir las enfermedades causadas por

deficiencias nutritivas obliga a las autoridades sanitarias a procurar que el uso

desmedido y habitual del alcohol, no constituya un factor de desnutrición. Por último,

es obvio que interesa especialmente a los

servicios sanitarios evitar, hasta donde sea

posible, la enfermedad mental que el

alcoholismo implica. Resulta así evidente

que el consumo excesivo de alcohol debe

ser combatido de un modo muy particular

por las autoridades sanitarias.

2.2. Como la embriaguez ocasional, causa

de accidentes y pendencias, puede ser la

simple consecuencia de ingerir bebidas

alcohólicas en cantidad mayor que la

conveniente en una ocasión aislada, su

prevención se debe abordar sin averiguar

previamente si la tendencia al beber inmoderado es o no la consecuencia de un estado

patológico.

2.3. Por otra parte, en los últimos tiempos

se ha ido generalizando el criterio de que la

ingestión exagerada de bebidas alcohólicas

de una manera permanente o cíclica, propia

de los bebedores en exceso y de los adictos,

constituye una enfermedad y no es simplemente el producto de una mala costumbre.

No se puede decir, sin embargo, que este

criterio esté suficientemente generalizado

dentro del cuerpo médico, ni menos aún

entre las autoridades civiles o judiciales

que tienen que preocuparse de este problema,

ya sea en cuanto dictan leyes u ordenanzas

de carácter general, ya sea en cuanto resuelven de un modo particular sobre los casos

que se presentan a los tribunales. Parece,

sin embargo, que este criterio se va imponiendo cada vez más, y poco a poco, se

observa que la idea de que se trata de una

enfermedad que es necesario prevenir, más

que de un vicio que hay que castigar, va

recibiendo creciente aceptación.

Desgraciadamente, aun establecido el criterio de que la ingestión exagerada de alcohol

constituye un síntoma de una enfermedad, no

existen todavía hechos clínicos ni experimentales suficientemente firmes como para

poder conocer con claridad la importancia

relativa que tienen en su génesis los factores

de carácter orgánico (congénitos o adquiridos) y los de carácter psicológico.

Como consecuencia de este desconocimiento, no hay criterio claro sobre la

posibilidad de ejercer una acción preventiva

eficaz, ya sea por medio del diagnóstico precoz

y tratamiento oportuno, ya sea por la

modificación de las condiciones ambientales

requeridas para disminuir su incidencia. La

ausencia de un criterio uniforme para juzgar

con respecto a las características de esta

enfermedad explica el hecho de que sean

variables los criterios existentes en los servicios sanitarios de diversos países, con

respecto a la acción que deben ejercer

en este sentido. En efecto, él va desde

una escasa preocupación oficial por el

problema, como se observa, por ejemplo, en

Explicación:

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