• Asignatura: Derecho
  • Autor: v4lentinax
  • hace 7 años

¿Es alguna dimensión de los Derechos Humanos más importante que la otra? ¿Porqué?​

Respuestas

Respuesta dada por: ximenapaucar30s88
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Los derechos fundamentales se definen como exigencias éticas de la dignidad humana. Son exigencias que pretenden acomodo en el derecho positivo, es decir, estar reconocidos por alguna norma del ordenamiento. Las normas del ordenamiento las produce el poder político, por lo general el legislador.

De esta forma, se asume que en los derechos fundamentales confluyen tres dimensiones. La dimensión ética, la dimensión política y la dimensión jurídica. La terminología es importante ya que bajo otros términos, no se encuentran necesariamente las tres dimensiones. Por ejemplo, los derechos humanos carecen de la dimensión jurídica. Es el poder político quien tiene encargada la tarea de articular jurídicamente (transcribir en normas) las exigencias éticas que constituyen el fundamento de los derechos. No hacerlo tiene consecuencias para la exigencia de la garantía.

En este curso, “Dimensiones básicas del estudio de los derechos humanos” se trata, de realizar una primera aproximación a esta idea de derechos fundamentales. Para entender el alcance de los derechos fundamentales es imprescindible ser conscientes del modo en el que las tres dimensiones se condicionan. Tanto cuando los entendemos como criterios de legitimidad, como cuando se decide sobre la técnica jurídica más adecuada para garantizarlos.

De esta forma, para que el poder político cumpla con su compromiso con los derechos y, por tanto, pueda presentarse como acreedor de obediencia voluntaria, ha de traducir las exigencias morales fuertes que son los derechos, esto es, su fundamentalidad ética, en fundamentalidad jurídica. Ello exige que las normas que protegen los derechos sean las normas superiores del sistema y que, al tiempo, las posiciones jurídicas subjetivas fundamentadas en derechos se configuren como resistentes. Solo un poder que se organice de una cierta manera puede sostener un sistema de derechos así entendido.

Lección 1: Un concepto previo de los derechos fundamentales

En esta lección veremos las distintas aproximaciones que se hacen doctrinalmente al concepto de derechos fundamentales. Veremos también que estas aproximaciones no son neutrales sino que en función de las mismas se altera el equilibrio entre las tres dimensiones.

Ya sea por obviar la dimensión ética, ya sea por obviar la jurídica, los distintos modelos obedecen a distintas concepciones de la justicia. Ya sea por que ésta se concentra en la voluntad del poder político, independientemente de la ética, ya sea por que se centra en la ética, ignorando la dimensión jurídica. Hablamos de las perspectivas más extremas del iuspositivismo y del iusnaturalismo.

El empleo de una terminología propia, ayudará a articular las exigencias ética en torno a un concepto y fundamento de los derechos que se encuentran alineados.

Lección 2: Dimensiones ética, política y jurídica de los derechos fundamentales

En esta lección nos internamos en las dimensiones de los derechos fundamentales (ética, política, jurídica). Desde ellas se articula la estructura de los derechos fundamentales. Pero cada una de ellas arranca de una problemática que es necesario conocer.

La dimensión ética contiene unos límites que permiten distinguir entre aquella moral exigible de la que no lo es. La primera se basa en la definición del agente moral, el ser humano, y las consecuencias que su exigibilidad tendría para los demás, sus semejantes.

La dimensión política se emplea para fijar las líneas que el poder del Estado debe seguir si quiere actuar con legitimidad suficiente. Esta dimensión tiene una gran carga histórica, que es otra forma de referirse a la efectividad del poder.

Por último, la dimensión jurídica supone que los derechos fundamentales adquieren un lugar especial dentro del ordenamiento jurídico. Su rango es superior, por encontrarse por lo general reconocidos en la Constitución. Además, tienen una serie de funciones específicas dentro del ordenamiento, como se verá.

Lección 3: Los derechos humanos como expresión de la ética pública. Valores, principios y derechos

En esta tercera lección se explican las funciones que desempeñan los derechos fundamentales, tanto en los ordenamientos jurídicos, como en la configuración de las democracias. Sin duda su integración por parte del poder político en el seno del ordenamiento tiene una serie de consecuencias, unas exigencias al funcionamiento del propio poder, que las asume.

Se trata de la integración en la sociedad, a través del Derecho, de los valores de los derechos fundamentales. Estos son la libertad, la seguridad, la igualdad y la solidaridad. Todos ellos arrancan de la noción de dignidad humana e informan al resto del ordenamiento jurídico. Por tanto, la integración de estos valores, supone que el resto de normas del ordenamiento jurídico se guían por una cierta interpretación. Esta se emplea para ponderar entre varios derechos, en caso de conflicto. Es lo que se conoce, a grandes rasgos, como (neo)constitucionalismo

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