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Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y con- tra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiri- tual, moral o social.
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Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y con- tra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiri- tual, moral o social.
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