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La naturaleza civil o comercial de una sociedad se deduce de su objeto social. Si el objeto de una sociedad es civil, en los términos del artículo 23 del Código de Comercio la misma será civil. La principal diferencia entre unas y otras es que las sociedades comerciales se deben matricular en el Registro Mercantil, mientras que las sociedades civiles no tienen esta posibilidad.
Explicación:
estrellitabat:
creo que me equivoque prdon no la pongas
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