• Asignatura: Contabilidad
  • Autor: Lala1234567890
  • hace 7 años

Según las noticias que han dicho el gobierno respecto al iva o a las normas tributarias escriba tres párrafos

Respuestas

Respuesta dada por: GonzaloC1234
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Respuesta: Las fuentes del Derecho Tributario

El artículo 7 de la LGT regula las fuentes del Derecho Tributario. De dicho artículo se desprenden las siguientes conclusiones:

   La LGT da una preferencia absoluta a la Constitución sobre el resto de normas.

   La LGT no queda en una mejor o peor situación sobre el resto de leyes, sino que se encuentra al mismo nivel. De esta manera, los problemas entre dichas normas deberán solventarse de acuerdo con el principio de “norma especial sobre norma general”.

   En cuanto a la calificación de los reglamentos como fuentes del Derecho Tributario, la redacción del artículo 7 sólo prevé la posibilidad de dictar reglamentos en desarrollo de una norma de rango legal cuando ésta lo prevea, dejando para el ministro de Hacienda la posibilidad de dictar órdenes ministeriales de desarrollo cuando expresamente se le habilite (lo contrario sería ir en contra de la potestad reglamentaria del Gobierno, circunstancia ésta prohibida por el Tribunal Supremo).

3.2 El principio de reserva de ley

El principio de reserva de ley, principio en virtud del cual se reserva a una norma con dicho rango la regulación de determinadas materias, se encuentra regulado en el artículo 8 de la LGT.

Este principio tiene un reflejo constitucional importante, puesto que los artículos 31.3 y 133 de la Constitución ya lo recogen.

En la Ley 58/2003 se han incorporado como materias afectadas por el principio de reserva de ley respecto a la regulación anterior las siguientes:

   El establecimiento de presunciones que no admitan prueba en contrario.

   El establecimiento de la obligación de realizar pagos a cuenta y el importe máximo de éstos, sin perjuicio de que una norma posterior de desarrollo fije cuantías inferiores y el modo de cálculo.

   El establecimiento y modificación de los recargos y de la obligación de abonar intereses de demora.

   El establecimiento y modificación de las infracciones y sanciones tributarias.

   Las obligaciones entre particulares resultantes de los tributos (repercutir y soportar la repercusión de un tributo).

   La determinación de los actos susceptibles de reclamación en vía económico-administrativa.

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Te sirve ¿'

Respuesta dada por: br7781676
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nada

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